Innpulsa | Detalle de Convocatoria
FICHA IA
Home Observador IA Diagnóstico Servicios Modelo NIT Sobre Nosotros Recursos Contacto
AUTONOMICA

Resolución de 14 de mayo de 2026 de la Secretaría General de Administración Local, por la que se convocan para el año 2026 las subvenciones previstas en la Orden de 14 de junio de 2016, del Programa de Fomento de Empleo Agrario

Otras actuaciones de carácter económico

La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones por parte de la Junta de Andalucía a las diputaciones provinciales para financiar los costes de adquisición de materiales de proyectos de obras y servicios en el marco del Programa de Fomento de Empleo Agrario (PFEA) para el año 2026. Se establece un marco normativo que regula la presentación de solicitudes, la aprobación del gasto, la cuantía de las subvenciones y los plazos de ejecución y justificación. La convocatoria se basa en la Orden de 14 de junio de 2016, que establece las bases reguladoras para estas ayudas, y se detalla la distribución provincial de los fondos disponibles, así como los requisitos y obligaciones de los beneficiarios.

BDNS: 906039 | Registro: 2026-05-15

Análisis Económico

Importe Máximo La cuantía máxima total a subvencionar para la adquisición de materiales de los proyectos de obras y servicios asciende a 87.673.054,51 euros, distribuidos entre las provincias según un desglose específico.
% Subvención La subvención cubrirá el 75% de la cuantía obtenida de la aportación del SEPE, que se calcula aplicando un 45% a la misma. Esto implica que el 75% de los costes de materiales será subvencionado por la Junta de Andalucía, mientras que el 25% restante será financiado por las diputaciones provinciales.
Forma de Pago El pago de la subvención se realizará en dos fases: un 60% se abonará en un solo pago tras la firma de la resolución de concesión, y el 40% restante se abonará en dos pagos a lo largo del primer semestre de la segunda anualidad, condicionado a la presentación de la justificación correspondiente.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: costes de adquisición de materiales para la ejecución de obras y servicios, así como los costes salariales y cotizaciones empresariales asociados a los jornales generados en el marco del PFEA. No se incluyen gastos indirectos ni IVA, salvo que este último sea deducible.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas subvenciones son las diputaciones provinciales de Andalucía. Para poder acceder a la subvención, las diputaciones deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Además, deben presentar proyectos de obras y servicios que hayan sido aprobados por el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE) en el marco del PFEA 2026. La solicitud debe ser firmada por la persona titular de la presidencia de la diputación o por quien delegue, y se debe acreditar dicha representación mediante la presentación de los anexos correspondientes.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas públicas o privadas, siempre que no se superen los límites establecidos por la normativa de ayudas de Estado. Las entidades deben declarar cualquier otra subvención solicitada o recibida para la misma finalidad.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las diputaciones provinciales deberán mantener la inversión realizada, informar sobre los proyectos aprobados y los pagos efectuados, y presentar la justificación del uso de las subvenciones en los plazos establecidos. También deberán cumplir con las normativas de publicidad y transparencia en la gestión de las ayudas.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración se basan en la adecuación de los proyectos a las necesidades del mercado laboral y la generación de empleo. Se valorará la cantidad de jornales generados, la tipología de los proyectos (infraestructuras, equipamientos, etc.) y la capacidad de ejecución de las diputaciones. Se requiere la presentación de documentación que acredite la viabilidad y el impacto de los proyectos propuestos.

¿Te ayudamos a tramitar esta subvención?

Maximiza tus opciones de éxito. Nuestro equipo de expertos analiza tu caso, prepara la documentación técnica y administrativa, y gestiona todo el proceso por ti.

Referencia de la Convocatoria
Resolución de 14 de mayo de 2026 de la Secretaría General de Administración Local, por la que se convocan para el año 2026 las subvenciones previstas en la Orden de 14 de junio de 2016, del Programa de Fomento de Empleo Agrario
Resumen: La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones por parte de la Junta de Andalucía a las diputaciones provinciales para financiar los costes de adquisición de materiales de proyectos de obras y servicios en el marco del Programa de Fomento de Empleo Agrario (PFEA) para el año 2026. Se establece un marco normativo que regula la presentación de solicitudes, la aprobación del gasto, la cuantía de las subvenciones y los plazos de ejecución y justificación. La convocatoria se basa en la Orden de 14 de junio de 2016, que establece las bases reguladoras para estas ayudas, y se detalla la distribución provincial de los fondos disponibles, así como los requisitos y obligaciones de los beneficiarios.
BDNS: 906039