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AUTONOMICA

CONVENIO DE COLABORACIÓN PLURIANUAL POR EL QUE SE FORMALIZA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL GOBIERNO DE ARAGÓN A COMARCA LA JACETANIA PARA LA ATENCIÓN DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA EN EL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y DE TELEASISTENCIA

Servicios Sociales y Promoción Social

El objeto del convenio es formalizar la encomienda de gestión del Gobierno de Aragón a la Comarca La Jacetania para la atención de personas en situación de dependencia a través del Servicio de Ayuda a Domicilio y de Teleasistencia durante los ejercicios 2026 y 2027. Se busca garantizar la atención a personas con limitaciones de autonomía personal y fomentar su permanencia en el entorno familiar, evitando ingresos en centros residenciales. Además, se establece que la gestión de estos servicios corresponde a las entidades locales, asegurando una atención más cercana y eficiente a la población.

BDNS: 905327 | Registro: 2026-05-13

Análisis Económico

Importe Máximo El presupuesto total del convenio asciende a 2.624.979,54 euros, distribuidos en 1.312.489,77 euros para cada año (2026 y 2027).
% Subvención El Instituto Aragonés de Servicios Sociales financiará el 100% del coste de las horas de atención en el Servicio de Ayuda a Domicilio (25,75 euros por hora, IVA incluido) y hasta 16,50 euros por terminal en el Servicio de Teleasistencia (IVA incluido).
Forma de Pago Se transferirá un 75% del presupuesto estimado al inicio de cada anualidad, y el resto se liquidará tras la justificación del gasto conforme a las cláusulas del convenio.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: personal (trabajadores sociales y auxiliares administrativos), horas de atención en el Servicio de Ayuda a Domicilio, costes de instalación y mantenimiento de terminales en el Servicio de Teleasistencia, y otros gastos relacionados con la gestión y administración de estos servicios.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son las personas en situación de dependencia que requieren atención a través del Servicio de Ayuda a Domicilio y Teleasistencia. Para acceder a estos servicios, deben ser remitidos por el Instituto Aragonés de Servicios Sociales y cumplir con los criterios establecidos en la normativa de dependencia. Las entidades locales deben estar al corriente de sus obligaciones fiscales y de seguridad social, y contar con los planes de atención aprobados.
✅ Compatibilidad y Concurrencia El convenio no excluye la posibilidad de recibir otras ayudas, siempre que no se superpongan en los mismos conceptos subvencionables. Las entidades locales deben informar sobre otras ayudas recibidas para evitar duplicidades.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones clave incluyen: atender a las personas en situación de dependencia, facilitar información al Instituto Aragonés de Servicios Sociales, comunicar alteraciones en la ejecución del servicio, y mantener la confidencialidad de los datos personales de los beneficiarios.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen la atención a personas en situación de dependencia, la eficacia en la gestión de los recursos, la proximidad del personal a los beneficiarios, y la capacidad de la entidad local para cumplir con los compromisos establecidos en el convenio. Se evaluará el cumplimiento de los indicadores de referencia y la calidad del servicio prestado.

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Referencia de la Convocatoria
CONVENIO DE COLABORACIÓN PLURIANUAL POR EL QUE SE FORMALIZA LA ENCOMIENDA DE GESTIÓN DEL GOBIERNO DE ARAGÓN A COMARCA LA JACETANIA PARA LA ATENCIÓN DE PERSONAS EN SITUACIÓN DE DEPENDENCIA EN EL SERVICIO DE AYUDA A DOMICILIO Y DE TELEASISTENCIA
Resumen: El objeto del convenio es formalizar la encomienda de gestión del Gobierno de Aragón a la Comarca La Jacetania para la atención de personas en situación de dependencia a través del Servicio de Ayuda a Domicilio y de Teleasistencia durante los ejercicios 2026 y 2027. Se busca garantizar la atención a personas con limitaciones de autonomía personal y fomentar su permanencia en el entorno familiar, evitando ingresos en centros residenciales. Además, se establece que la gestión de estos servicios corresponde a las entidades locales, asegurando una atención más cercana y eficiente a la población.
BDNS: 905327