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Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife, en sesión Ordinaria celebrada el día 27 de abril de 2026, del Área de Gobierno de Políticas Sociales, por la que se convoca CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE COOPERACIÓN SOCIAL

Servicios Sociales y Promoción Social

La Junta de Gobierno de la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife ha aprobado las bases específicas para la concesión de subvenciones de cooperación social a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de los servicios sociales municipales para el ejercicio 2026. Estas subvenciones tienen como objetivo fomentar y promover proyectos que complementen las competencias y actividades municipales en materia de atención social, dirigidos a personas en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión social. Los proyectos deben desarrollarse en el municipio de Santa Cruz de Tenerife y se regirán por un régimen de concurrencia competitiva. La cuantía total máxima destinada a estas subvenciones asciende a 400.000 euros, ampliable hasta 513.000 euros, con un límite de 19.000 euros por proyecto y un máximo de dos proyectos por entidad en distintas áreas.

BDNS: 903507 | Registro: 2026-05-05

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo por proyecto es de 19.000 euros, y cada entidad puede presentar un máximo de dos proyectos en distintas áreas.
% Subvención Las subvenciones se otorgarán hasta un 100% del coste total del proyecto, con un límite de 19.000 euros por proyecto.
Forma de Pago El abono de la subvención se realizará en su totalidad tras la resolución de concesión, sin necesidad de constitución de garantía.
Gastos Subvencionables
Se consideran gastos subvencionables aquellos que respondan a la naturaleza de la actividad subvencionada, incluyendo gastos de gestión y administración hasta un 10% del total. No son subvencionables gastos de protocolo, representación, viajes, adquisición de bienes inventariables, ni gastos de inversión.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán acceder a estas subvenciones las entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas que realicen actividades en el ámbito de los servicios sociales. No podrán ser beneficiarias aquellas entidades que estén incursas en prohibiciones según la Ley General de Subvenciones, entidades dependientes de administraciones públicas o entidades financieras. Las entidades deben estar inscritas en el Registro Municipal de Entidades Ciudadanas con al menos un año de antigüedad, tener sede en el municipio y estar al corriente en sus obligaciones tributarias y de seguridad social.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que no superen el coste total de la actividad subvencionada y se especifique en la solicitud si se han solicitado otras ayudas.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben realizar la actividad subvencionada según lo establecido, comunicar alteraciones en las circunstancias tenidas en cuenta para la concesión, justificar el empleo de los fondos y hacer constar la financiación pública en la difusión de la actividad.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los proyectos serán evaluados según criterios de idoneidad (40 puntos) y calidad técnica (50 puntos). Se requiere una puntuación mínima de 60 puntos para ser considerados. Los criterios incluyen evaluación de necesidades, complementariedad con líneas prioritarias, viabilidad económica, adecuación de actividades y diseño de evaluación.

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Referencia de la Convocatoria
Acuerdo de la Junta de Gobierno de la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife, en sesión Ordinaria celebrada el día 27 de abril de 2026, del Área de Gobierno de Políticas Sociales, por la que se convoca CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DE COOPERACIÓN SOCIAL
Resumen: La Junta de Gobierno de la Ciudad de Santa Cruz de Tenerife ha aprobado las bases específicas para la concesión de subvenciones de cooperación social a entidades sin ánimo de lucro en el ámbito de los servicios sociales municipales para el ejercicio 2026. Estas subvenciones tienen como objetivo fomentar y promover proyectos que complementen las competencias y actividades municipales en materia de atención social, dirigidos a personas en situación de vulnerabilidad o riesgo de exclusión social. Los proyectos deben desarrollarse en el municipio de Santa Cruz de Tenerife y se regirán por un régimen de concurrencia competitiva. La cuantía total máxima destinada a estas subvenciones asciende a 400.000 euros, ampliable hasta 513.000 euros, con un límite de 19.000 euros por proyecto y un máximo de dos proyectos por entidad en distintas áreas.
BDNS: 903507