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BASES DE CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA ORGANIZACIÓN, REALIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE EVENTOS EXTRAORDINARIOS POR ENTIDADES JUVENILES DE ALMUSSAFES, EJERCICIO 2026

Cultura

Las bases reguladoras de la subvención extraordinaria para entidades juveniles de Almussafes tienen como objetivo principal fomentar y apoyar el asociacionismo juvenil mediante la financiación de actividades extraordinarias que se realicen durante el año 2026. Estas actividades pueden incluir eventos organizados dentro y fuera de la localidad, así como actos de celebración de aniversarios de las asociaciones. La subvención se concede en régimen de concurrencia competitiva y está sujeta a la disponibilidad presupuestaria del Ayuntamiento, con un límite total de 5.000 euros para todas las ayudas. Las bases se rigen por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su reglamento, así como por el Plan Estratégico de Subvenciones (2024-2027) y la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento.

BDNS: 905457 | Registro: 2026-05-13

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo por solicitud es de 5.000 euros, y la subvención no podrá superar el total del presupuesto presentado por la entidad.
% Subvención Las subvenciones tienen un límite máximo de 5.000 euros, distribuidas de la siguiente manera: 1.000 euros para actividades organizadas dentro de la localidad, 200 euros para actividades en las que la entidad participe sin ser organizadora, 4.000 euros para actividades organizadas fuera de la localidad, y 1.000 euros para actos de celebración de aniversarios.
Forma de Pago La subvención se pagará en un solo pago tras la justificación de la actividad, aunque se puede solicitar un pago fraccionado que no supere el 50% del total de la subvención.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen la compra de material relacionado con el evento, alquiler de instalaciones, desplazamientos, nóminas del personal técnico, y otros gastos necesarios para la organización y realización del evento. No se subvencionarán actividades que promuevan discriminación, actividades académicas (excepto formación en juventud), viajes sin interés cultural, y celebraciones gastronómicas, salvo en campamentos.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas subvenciones son las asociaciones juveniles que cumplan con ciertos requisitos, como estar inscritas en el Registro de Asociaciones Juveniles de la Comunidad Valenciana o en el Registro Municipal de Asociaciones de Almussafes. No podrán ser beneficiarios aquellos que hayan sido condenados a la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones, que estén en situación de insolvencia, que no estén al corriente de sus obligaciones tributarias o de la Seguridad Social, entre otros. La acreditación de estos requisitos se realizará mediante declaración responsable y certificaciones pertinentes.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que el importe total no supere el coste total de la actividad subvencionada. En caso de que se supere, se procederá a la minoración de la subvención concedida.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones de los beneficiarios incluyen justificar la actividad realizada, comunicar la obtención de otras subvenciones, someterse a comprobaciones por parte del Ayuntamiento, y conservar la documentación justificativa durante al menos cinco años. Además, deben dar publicidad al carácter público de la financiación recibida.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen el interés juvenil y social del programa, la cualificación del personal técnico, la relación detallada de actividades, el número de participantes, y la eficacia en la promoción y desarrollo juvenil en actividades anteriores. Se asignarán hasta 100 puntos en total, distribuidos entre diferentes aspectos del programa.

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Referencia de la Convocatoria
BASES DE CONVOCATORIA DE CONCESIÓN DE SUBVENCIONES DESTINADAS A LA ORGANIZACIÓN, REALIZACIÓN Y PARTICIPACIÓN DE EVENTOS EXTRAORDINARIOS POR ENTIDADES JUVENILES DE ALMUSSAFES, EJERCICIO 2026
Resumen: Las bases reguladoras de la subvención extraordinaria para entidades juveniles de Almussafes tienen como objetivo principal fomentar y apoyar el asociacionismo juvenil mediante la financiación de actividades extraordinarias que se realicen durante el año 2026. Estas actividades pueden incluir eventos organizados dentro y fuera de la localidad, así como actos de celebración de aniversarios de las asociaciones. La subvención se concede en régimen de concurrencia competitiva y está sujeta a la disponibilidad presupuestaria del Ayuntamiento, con un límite total de 5.000 euros para todas las ayudas. Las bases se rigen por la Ley 38/2003, de 17 de noviembre, General de Subvenciones, y su reglamento, así como por el Plan Estratégico de Subvenciones (2024-2027) y la Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento.
BDNS: 905457