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SUBVENCIÓN 2025 ASOCIACIÓN AFAV

Servicios Sociales y Promoción Social

La Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Valencia regula el régimen jurídico de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento y sus organismos públicos, con el objetivo de fomentar actividades de utilidad pública o interés social. Se establece un marco normativo que busca garantizar la transparencia, objetividad y eficiencia en la gestión de recursos públicos. La ordenanza se estructura en ocho capítulos que abarcan desde disposiciones generales hasta procedimientos de concesión, gestión, justificación y control financiero de las subvenciones. Se contempla tanto la concesión en régimen de concurrencia competitiva como la concesión directa, y se establecen criterios de valoración y requisitos específicos para los beneficiarios.

BDNS: 896821 | Registro: 2026-04-02

Análisis Económico

Importe Máximo No se establece un límite máximo general, ya que este se determina en cada convocatoria específica.
% Subvención La subvención puede ser un porcentaje del coste total del proyecto o un importe fijo, dependiendo de la convocatoria. No se especifica un porcentaje estándar en la ordenanza.
Forma de Pago Los pagos se realizarán previa justificación de la actividad subvencionada. Se contempla la posibilidad de pagos anticipados, que requerirán la constitución de garantías.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen, entre otros, personal, materiales, servicios, y en algunos casos, gastos generales relacionados con la actividad subvencionada. Se excluyen gastos no justificados o que no se ajusten a la finalidad de la subvención.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios pueden ser personas físicas o jurídicas que realicen la actividad que fundamenta la concesión de la subvención. Para acceder a la condición de beneficiario, deben cumplir con requisitos específicos que se detallan en cada convocatoria, como estar al corriente de obligaciones tributarias y no tener subvenciones pendientes de justificación. Las entidades ciudadanas deben estar inscritas en el registro municipal correspondiente. Además, se permite la consideración de agrupaciones y comunidades de bienes como beneficiarias, siempre que cumplan con las condiciones establecidas.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que no superen el coste total del proyecto. En caso de exceso de financiación, se deberá reintegrar el importe correspondiente. No se pueden otorgar múltiples subvenciones para la misma actuación en el mismo ejercicio presupuestario.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben cumplir con el objetivo de la subvención, justificar el uso de los fondos, comunicar la obtención de otras ayudas, y adoptar medidas de difusión del carácter público de la financiación. También deben conservar la documentación justificativa y someterse a las comprobaciones de la administración.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen la capacidad económica del solicitante, viabilidad del proyecto, coherencia entre la justificación y los objetivos, creatividad, grado de permanencia de los efectos, coordinación con otras entidades, experiencia previa, y otros aspectos como la accesibilidad y participación del voluntariado. La convocatoria especificará la ponderación de cada criterio.

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Referencia de la Convocatoria
SUBVENCIÓN 2025 ASOCIACIÓN AFAV
Resumen: La Ordenanza General de Subvenciones del Ayuntamiento de Valencia regula el régimen jurídico de las subvenciones otorgadas por el Ayuntamiento y sus organismos públicos, con el objetivo de fomentar actividades de utilidad pública o interés social. Se establece un marco normativo que busca garantizar la transparencia, objetividad y eficiencia en la gestión de recursos públicos. La ordenanza se estructura en ocho capítulos que abarcan desde disposiciones generales hasta procedimientos de concesión, gestión, justificación y control financiero de las subvenciones. Se contempla tanto la concesión en régimen de concurrencia competitiva como la concesión directa, y se establecen criterios de valoración y requisitos específicos para los beneficiarios.
BDNS: 896821