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BASES REGULADORAS ESPECIFICAS Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE INSTALACIONES DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA EN EMPRESAS Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 2026

Industria y Energía

La presente convocatoria tiene como objetivo regular la concesión de subvenciones para la instalación de energía solar fotovoltaica destinada al autoconsumo en empresas y entidades sin ánimo de lucro en la isla de Gran Canaria. Se busca fomentar el autoconsumo eléctrico, mejorar la eficiencia energética, reducir emisiones y promover un modelo energético sostenible. Las subvenciones se tramitarán mediante un régimen de concurrencia competitiva, y están dirigidas a microempresas, pequeñas empresas y entidades sin fines lucrativos que cumplan con los requisitos establecidos en las bases.

BDNS: 897834 | Registro: 2026-04-09

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo de la subvención es de 5.000 euros por proyecto, con un límite de 4.000 euros por potencia instalada y 1.000 euros por capacidad de almacenamiento.
% Subvención Hasta un 100% de los gastos subvencionables, con un límite de 5.000 euros por proyecto.
Forma de Pago El pago se realizará mediante transferencia bancaria tras la justificación de la actividad subvencionada. No se pagará si el beneficiario no está al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: costes de ejecución de la obra civil, adquisición de equipos y materiales, y montaje de instalaciones. No se subvencionarán gastos de leasing, renting, amortización, intereses, sanciones, impuestos indirectos recuperables, entre otros.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA; PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios pueden ser: a) Personas físicas o jurídicas privadas, agrupaciones de personas físicas o jurídicas privadas, comunidades de bienes o unidades económicas que sean microempresas o pequeñas empresas, dadas de alta en el IAE y que desarrollen actividad económica en Gran Canaria. b) Entidades sin fines lucrativos legalmente constituidas y domiciliadas en Gran Canaria. Se considera microempresa a aquellas que ocupan a menos de 10 personas y tienen un volumen de negocio anual inferior a 2 millones de euros. Las entidades deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. No se concederá más de una subvención por inmueble y solicitante.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas siempre que la suma no supere el 100% del coste total de la actividad subvencionada. Se establecen límites de 2.000 euros por kW para generación solar y 400 euros por kWh para almacenamiento. La obtención de otras subvenciones que superen estos límites puede resultar en la pérdida total o parcial del derecho a la subvención.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben ejecutar el proyecto según lo planteado, justificar la subvención, someterse a controles del CIEGC, comunicar la obtención de otras ayudas, y mantener el bien subvencionado durante al menos cinco años. El incumplimiento puede llevar a reintegros.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Las solicitudes se valorarán por orden cronológico de entrada en el registro del CIEGC. Solo se considerarán aquellas que cumplan con todos los requisitos y documentación exigida. En caso de que varias solicitudes tengan la misma fecha, se priorizará según el número de registro de entrada.

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Referencia de la Convocatoria
BASES REGULADORAS ESPECIFICAS Y CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE SUBVENCIONES PARA EL FOMENTO DE INSTALACIONES DE ENERGÍA SOLAR FOTOVOLTAICA EN EMPRESAS Y ENTIDADES SIN ÁNIMO DE LUCRO 2026
Resumen: La presente convocatoria tiene como objetivo regular la concesión de subvenciones para la instalación de energía solar fotovoltaica destinada al autoconsumo en empresas y entidades sin ánimo de lucro en la isla de Gran Canaria. Se busca fomentar el autoconsumo eléctrico, mejorar la eficiencia energética, reducir emisiones y promover un modelo energético sostenible. Las subvenciones se tramitarán mediante un régimen de concurrencia competitiva, y están dirigidas a microempresas, pequeñas empresas y entidades sin fines lucrativos que cumplan con los requisitos establecidos en las bases.
BDNS: 897834