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LOCAL

Convocatoria de subvenciones en materia de acción social para asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de la Comarca Ribera Alta del Ebro para el ejercicio 2026.

Servicios Sociales y Promoción Social

La convocatoria de subvenciones en materia de acción social para el ejercicio 2026 tiene como objetivo apoyar y promover programas de acción social en la Comarca Ribera Alta del Ebro, así como fomentar el desarrollo del tejido asociativo en la zona. Se enmarca dentro de la Línea Estratégica N.º 1: Bienestar Social del Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2027. Las actividades subvencionables deben desarrollarse en los municipios de la comarca y abarcan sectores como personas mayores, personas con discapacidad, colectivos en riesgo de marginación, y la infancia. Las actuaciones deben ser realizadas y pagadas entre el 15 de noviembre de 2025 y el 15 de noviembre de 2026.

BDNS: 895986 | Registro: 2026-03-30

Análisis Económico

Importe Máximo El importe total de la subvención no superará el 80% del presupuesto del programa o actividad presentado.
% Subvención La subvención cubrirá hasta el 80% del coste del programa o actividad subvencionable.
Forma de Pago El pago se realizará tras la justificación de los gastos, que debe incluir una cuenta justificativa del gasto realizado y documentación que acredite el cumplimiento de las condiciones impuestas.
Gastos Subvencionables
Se subvencionan gastos de mantenimiento, actividades de bienestar social, programas de atención a colectivos, actividades de dinamización, programas lúdico-formativos, viajes culturales, actividades en centros especializados, y fomento del voluntariado. No se subvencionan gastos de inversión, comidas, desplazamientos en vehículos particulares, gastos financieros, ni IVA deducible.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son asociaciones, entidades privadas sin ánimo de lucro y organismos autónomos de la Administración Local con sede en la Comarca Ribera Alta del Ebro. Deben estar inscritos en el Registro de Asociaciones de la DGA, Registro de Fundaciones y Registro de Centros y Servicios Sociales. Es necesario que los solicitantes estén al corriente de sus obligaciones tributarias y de seguridad social. Además, deben presentar una memoria explicativa de la actividad a subvencionar y cumplir con los requisitos establecidos en la convocatoria.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es compatible con otras ayudas, siempre que la suma de todas las ayudas no supere el 80% del coste total de la actividad subvencionada. Si se supera este porcentaje, la aportación de la Comarca se reducirá proporcionalmente.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben aceptar la subvención, realizar la actividad subvencionada, comunicar cualquier eventualidad, dar publicidad a la subvención, y justificar el gasto realizado. También deben informar sobre la obtención de otras ayudas y someterse a evaluaciones y controles financieros.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: 1 punto por mantenimiento, hasta 11 puntos por actividades (viaje cultural, espectáculo, cursos), 2 puntos si las actividades son abiertas al público, hasta 10 puntos por experiencia de colaboración con la comarca, hasta 10 puntos por el radio de acción, y hasta 6 puntos por proyectos que promuevan la igualdad de género. La puntuación total determinará la cuantía de la subvención.

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Referencia de la Convocatoria
Convocatoria de subvenciones en materia de acción social para asociaciones y entidades sin ánimo de lucro de la Comarca Ribera Alta del Ebro para el ejercicio 2026.
Resumen: La convocatoria de subvenciones en materia de acción social para el ejercicio 2026 tiene como objetivo apoyar y promover programas de acción social en la Comarca Ribera Alta del Ebro, así como fomentar el desarrollo del tejido asociativo en la zona. Se enmarca dentro de la Línea Estratégica N.º 1: Bienestar Social del Plan Estratégico de Subvenciones 2024-2027. Las actividades subvencionables deben desarrollarse en los municipios de la comarca y abarcan sectores como personas mayores, personas con discapacidad, colectivos en riesgo de marginación, y la infancia. Las actuaciones deben ser realizadas y pagadas entre el 15 de noviembre de 2025 y el 15 de noviembre de 2026.
BDNS: 895986