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Convocatoria de subvenciones a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, que desarrollen actividades en el área de la acción social para el año 2026.

Otras Prestaciones económicas

La presente convocatoria de subvención tiene como objetivo proporcionar apoyo económico a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos en el ámbito de la acción social, con el fin de promover el bienestar social de la ciudadanía de Estella-Lizarra. Las actividades subvencionables incluyen acciones de prevención, asistencia, incorporación social, fomento y sensibilización de la participación ciudadana, todas ellas a realizar durante el año 2026. El presupuesto total de la convocatoria es de 14.810 euros, con un límite máximo de 3.000 euros por entidad solicitante. Los proyectos deben ejecutarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.

BDNS: 898690 | Registro: 2026-04-14

Análisis Económico

Importe Máximo El presupuesto máximo total de la convocatoria es de 14.810 euros, y el máximo por entidad es de 3.000 euros.
% Subvención Hasta un 100% de los gastos subvencionables, con un límite de 3.000 euros por entidad.
Forma de Pago El 80% del importe de la subvención se pagará en el momento de su concesión, y el resto se pagará tras la justificación de los gastos y la presentación de la memoria del proyecto.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: personal, materiales, asesoramiento técnico, y otros gastos directamente relacionados con la ejecución del proyecto. El IVA no deducible no será subvencionable.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Podrán ser beneficiarios de estas ayudas las entidades, instituciones, asociaciones, grupos y colectivos que cumplan con los siguientes requisitos: a) No tener ánimo de lucro, lo cual debe estar explícitamente indicado en sus estatutos. b) Desarrollar acciones dentro del ámbito de los Servicios Sociales que fomenten la participación ciudadana. c) Priorizar acciones que promuevan la participación de personas con limitaciones. d) No tener antecedentes por delitos contra la libertad sexual si las actividades son para menores. e) Desarrollar actividades en Estella-Lizarran. f) Asegurar el acceso a sus actividades para personas en situación de vulnerabilidad social y/o económica. g) Estar al corriente de sus obligaciones fiscales con el Ayuntamiento. El incumplimiento de cualquiera de estos requisitos resultará en la denegación de la subvención.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La obtención de otras subvenciones para actividades o fines concretos puede reducir la subvención municipal o requerir el reintegro de la misma. Las subvenciones no pueden generar lucro.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben presentar la memoria final del proyecto antes del 31 de diciembre de 2026, justificar el uso de los fondos, incluir el logo del Ayuntamiento en su publicidad, y garantizar el uso de lenguaje inclusivo. Además, deben permitir las comprobaciones necesarias por parte del Ayuntamiento.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los proyectos serán valorados según los siguientes criterios: a) Complementariedad con el trabajo social profesional (hasta 10 puntos). b) Calidad técnica del proyecto (hasta 13 puntos), desglosado en: 1. Fundamentación (hasta 2 puntos), 2. Objetivos (hasta 3 puntos), 3. Actividades y programación (hasta 6 puntos), 4. Evaluación (hasta 2 puntos). c) Entidades con sede en Estella-Lizarran (5 puntos). d) Uso de lenguaje inclusivo (5 puntos). e) Coordinación con el SSB municipal (5 puntos). f) Derivaciones desde recursos públicos (5 puntos). Para que un proyecto sea subvencionado, debe obtener al menos 2 puntos en el criterio a.

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Referencia de la Convocatoria
Convocatoria de subvenciones a asociaciones y entidades sin ánimo de lucro, que desarrollen actividades en el área de la acción social para el año 2026.
Resumen: La presente convocatoria de subvención tiene como objetivo proporcionar apoyo económico a entidades sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos en el ámbito de la acción social, con el fin de promover el bienestar social de la ciudadanía de Estella-Lizarra. Las actividades subvencionables incluyen acciones de prevención, asistencia, incorporación social, fomento y sensibilización de la participación ciudadana, todas ellas a realizar durante el año 2026. El presupuesto total de la convocatoria es de 14.810 euros, con un límite máximo de 3.000 euros por entidad solicitante. Los proyectos deben ejecutarse entre el 1 de enero y el 31 de diciembre de 2026.
BDNS: 898690