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BASES Y ANEXOS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS MUNICIPALES PARA APOYAR EL MANTENIMIENTO Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ASOCIACIONES VECINALES DE GÜÍMAR PARA EL AÑO 2026

Servicios Sociales y Promoción Social

La convocatoria tiene como objetivo la concesión de ayudas municipales para apoyar el mantenimiento y funcionamiento de las Asociaciones de Vecinos de Güímar durante el año 2026. Estas subvenciones están destinadas a financiar gastos relacionados con la actividad ordinaria de las asociaciones, así como gastos derivados de su funcionamiento, promoviendo la cohesión social, la participación ciudadana y el desarrollo de iniciativas de interés social, cultural y comunitario. Las ayudas se aplicarán a gastos desde el 01 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, siguiendo principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.

BDNS: 898743 | Registro: 2026-04-14

Análisis Económico

Importe Máximo El importe global máximo destinado a estas subvenciones es de 20.000 €, prorrateándose entre los beneficiarios.
% Subvención 100% del coste de la actuación subvencionada, con un límite máximo de 1.000 € por entidad solicitante.
Forma de Pago El pago de la ayuda se realizará a partir de la aprobación de las ayudas, pudiendo realizarse pagos anticipados sin necesidad de garantía previa. El abono está condicionado a que la entidad beneficiaria cumpla con los requisitos exigidos.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: material de oficina, gastos postales, gastos bancarios, material informático, seguros, gastos de comunidad, suministros de agua y electricidad, mantenimiento del local social, asesoría, y gastos de actividades de interés social, cultural o comunitario. Se excluyen gastos relacionados con fiestas populares.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son las Asociaciones de Vecinos que desarrollen su actividad principal en el término municipal de Güímar. Deben estar legalmente constituidas e inscritas en el Registro Municipal de Asociaciones o en trámite, así como en el Registro Canario de Asociaciones. Es necesario que tengan su sede en Güímar, estén al corriente de sus obligaciones fiscales y no hayan sido sancionadas con la pérdida de la posibilidad de obtener subvenciones. No podrán haber sido beneficiarios de subvenciones nominativas en los Presupuestos Generales Municipales durante el ejercicio 2026.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones pueden ser compatibles con otras ayudas siempre que se especifique la administración que las otorga y que cubran gastos distintos, sin exceder el coste total del proyecto.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben cumplir con el objetivo de la subvención, comunicar cualquier eventualidad que afecte al proyecto, proporcionar información para la evaluación y justificación, justificar el uso de la subvención, y dar publicidad al carácter público de la financiación. El incumplimiento puede llevar al reintegro de los fondos recibidos.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: el número de socios de la entidad solicitante, la actividad acreditada en el ejercicio anterior, y el proyecto de actividades o acciones a desarrollar en el presente ejercicio. Se valorará el impacto social, la participación vecinal, el carácter inclusivo y la colaboración con el Ayuntamiento o con otras entidades asociativas.

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Referencia de la Convocatoria
BASES Y ANEXOS QUE HAN DE REGIR LA CONVOCATORIA PARA LA CONCESIÓN DE AYUDAS MUNICIPALES PARA APOYAR EL MANTENIMIENTO Y FUNCIONAMIENTO DE LAS ASOCIACIONES VECINALES DE GÜÍMAR PARA EL AÑO 2026
Resumen: La convocatoria tiene como objetivo la concesión de ayudas municipales para apoyar el mantenimiento y funcionamiento de las Asociaciones de Vecinos de Güímar durante el año 2026. Estas subvenciones están destinadas a financiar gastos relacionados con la actividad ordinaria de las asociaciones, así como gastos derivados de su funcionamiento, promoviendo la cohesión social, la participación ciudadana y el desarrollo de iniciativas de interés social, cultural y comunitario. Las ayudas se aplicarán a gastos desde el 01 de enero de 2026 hasta el 31 de diciembre de 2026, siguiendo principios de publicidad, transparencia, concurrencia, objetividad, igualdad y no discriminación.
BDNS: 898743