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AUTONOMICA

Subvenciónes a Pequeños Municipios y entidades locales menores 2026

Otras actuaciones de carácter económico

La Resolución 181/2026 convoca subvenciones para el ejercicio 2026 dirigidas a pequeños municipios, entidades locales menores y núcleos de población separados del municipio principal en La Rioja. El objetivo es financiar actuaciones específicas que contribuyan al desarrollo y sostenibilidad de estas entidades, en el marco del Fondo de Cooperación Local. Se establecen diferentes cuantías máximas de subvención según el tipo de beneficiario, con un total de 1.330.000 euros para pequeños municipios, 569.500 euros para núcleos de población y 46.260 euros para entidades locales menores. Las solicitudes se podrán presentar desde la publicación en el Boletín Oficial hasta el 15 de octubre de 2026.

BDNS: 896187 | Registro: 2026-03-30

Análisis Económico

Importe Máximo 1.330.000 euros para pequeños municipios, 569.500 euros para núcleos de población separados y 46.260 euros para entidades locales menores.
% Subvención 100% de los gastos subvencionables, con un límite de 11.565 euros por beneficiario para pequeños municipios y 8.500 euros para núcleos de población.
Forma de Pago El pago se realizará tras la justificación de los gastos, pudiendo incluir anticipos. La justificación debe presentarse en un plazo de dos meses desde el abono de la subvención.
Gastos Subvencionables
Se consideran subvencionables los gastos relacionados con inversiones en infraestructuras, servicios públicos (alumbrado, limpieza, abastecimiento de agua, saneamiento, pavimentación), así como la liquidación de deudas y la reducción de endeudamiento por operaciones de crédito suscritas antes del 1 de enero de 2026.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son los municipios de La Rioja con una población de derecho que no supere los 300 habitantes a 1 de enero de 2025, así como las entidades locales menores y núcleos de población separados del municipio principal con la misma limitación poblacional. Es necesario que los solicitantes estén al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Además, deben presentar la documentación que acredite la realización de las actuaciones o gastos a los que se destina la subvención.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que no se supere el coste total de la actividad subvencionada. Se debe informar sobre otras subvenciones solicitadas o concedidas para el mismo fin.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben mantener la inversión realizada, justificar el uso de la subvención, y cumplir con la normativa de publicidad de la ayuda. Además, deben presentar la documentación justificativa en los plazos establecidos.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La concesión se realizará en régimen de concurrencia no competitiva, mediante un reparto proporcional del presupuesto disponible. No se especifican criterios de valoración adicionales en la resolución.

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Referencia de la Convocatoria
Subvenciónes a Pequeños Municipios y entidades locales menores 2026
Resumen: La Resolución 181/2026 convoca subvenciones para el ejercicio 2026 dirigidas a pequeños municipios, entidades locales menores y núcleos de población separados del municipio principal en La Rioja. El objetivo es financiar actuaciones específicas que contribuyan al desarrollo y sostenibilidad de estas entidades, en el marco del Fondo de Cooperación Local. Se establecen diferentes cuantías máximas de subvención según el tipo de beneficiario, con un total de 1.330.000 euros para pequeños municipios, 569.500 euros para núcleos de población y 46.260 euros para entidades locales menores. Las solicitudes se podrán presentar desde la publicación en el Boletín Oficial hasta el 15 de octubre de 2026.
BDNS: 896187