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AUTONOMICA

Orden IND/14/2026, de 31 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 de subvenciones destinadas al fomento y la difusión de la economía social y del trabajo autónomo y al apoyo a las entidades representativas de la economía social.

Otras actuaciones de carácter económico

La Orden IND/14/2026 establece la convocatoria de subvenciones para el año 2026, destinadas a fomentar y difundir la economía social y el trabajo autónomo en la Comunidad Autónoma de Cantabria. Se contemplan dos programas: el Programa I, que apoya actividades de fomento y difusión de la economía social y el autoempleo, y el Programa II, que financia parcialmente los gastos de organización interna y funcionamiento de entidades representativas de estos sectores. Las acciones subvencionables se extienden desde el 1 de enero hasta el 10 de noviembre de 2026, y se busca asegurar la transparencia y objetividad en la concesión de las ayudas.

BDNS: 896996 | Registro: 2026-04-06

Análisis Económico

Importe Máximo 300.000 euros en total para la convocatoria, con un 80% destinado al Programa I y un 20% al Programa II. La cuantía máxima individual en el Programa II es de 30.000 euros.
% Subvención Hasta el 80% de los gastos subvencionables en el Programa II, excluyendo IVA recuperable. En el Programa I, se puede alcanzar hasta el 100% del coste de la actividad, con un límite de 20.000 euros por entidad.
Forma de Pago El pago se realizará de oficio y de una sola vez, previa justificación de cumplimiento de requisitos. La justificación debe presentarse antes del 15 de noviembre de 2026.
Gastos Subvencionables
En el Programa I se pueden subvencionar gastos relacionados con actividades de formación, fomento y difusión, excluyendo gastos de restauración y servicios a otras entidades. En el Programa II se subvencionan gastos de personal (excepto indemnizaciones), arrendamientos, suministros, y servicios profesionales, entre otros.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son entidades asociativas de cooperativas, sociedades laborales, empresas de inserción y asociaciones de trabajadores autónomos que tengan domicilio social en Cantabria, estén legalmente constituidas y al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Se excluyen entidades con sanciones firmes en los dos años previos a la solicitud. Las entidades deben cumplir con los requisitos establecidos en el artículo 12 de la Ley de Cantabria 10/2006.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que el total no supere el coste de la actividad subvencionada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben cumplir con las obligaciones generales de la Ley de Cantabria 10/2006, mantener la inversión, y realizar la publicidad adecuada de la subvención. También deben presentar la justificación de la subvención antes del 15 de noviembre de 2026.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Las solicitudes se valorarán en función de varios criterios, incluyendo el número y localización de actividades, el número de participantes, el uso de recursos propios, y el apoyo a grupos específicos como mujeres, jóvenes, mayores de 45 años y personas con discapacidad. Se requiere una puntuación mínima de 15 puntos para ser subvencionado.

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Referencia de la Convocatoria
Orden IND/14/2026, de 31 de marzo, por la que se aprueba la convocatoria para el año 2026 de subvenciones destinadas al fomento y la difusión de la economía social y del trabajo autónomo y al apoyo a las entidades representativas de la economía social.
Resumen: La Orden IND/14/2026 establece la convocatoria de subvenciones para el año 2026, destinadas a fomentar y difundir la economía social y el trabajo autónomo en la Comunidad Autónoma de Cantabria. Se contemplan dos programas: el Programa I, que apoya actividades de fomento y difusión de la economía social y el autoempleo, y el Programa II, que financia parcialmente los gastos de organización interna y funcionamiento de entidades representativas de estos sectores. Las acciones subvencionables se extienden desde el 1 de enero hasta el 10 de noviembre de 2026, y se busca asegurar la transparencia y objetividad en la concesión de las ayudas.
BDNS: 896996