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AUTONOMICA

Decreto 17/2026, de 1 de abril, por el que se conceden de forma directa subvenciones a entidades del tercer sector para la ejecución del Plan de apoyo a las familias desfavorecidas.

Servicios Sociales y Promoción Social

El Decreto 17/2026 tiene como objetivo la concesión directa de subvenciones a entidades del tercer sector para la ejecución del Plan de apoyo a las familias desfavorecidas en Cantabria. Estas ayudas están destinadas a garantizar el mantenimiento de programas que apoyan a personas y familias en situación de vulnerabilidad, especialmente aquellas que enfrentan dificultades para cubrir necesidades básicas de alimentación y vivienda. Se subvencionarán programas específicos como el Reparto de Alimentos, el Reparto de Alimentos y Productos de Higiene, el Desarrollo Comunitario y el programa ‘Alimentación como un derecho’. La excepcionalidad de la concesión directa se justifica por la urgencia y la naturaleza social de las actividades a realizar, que no pueden ser replicadas por otras entidades en el tiempo requerido.

BDNS: 898255 | Registro: 2026-04-13

Análisis Económico

Importe Máximo Las cuantías específicas son: 15.000 € para el Banco de Alimentos, 225.000 € para Hijas de la Caridad, 227.000 € para el Centro Social Bellavista y 50.000 € para Cáritas Diocesana.
% Subvención 100% de los gastos subvencionables, sin necesidad de constitución de garantías.
Forma de Pago El pago se realizará de forma anticipada en un 100% de la cuantía, tras la entrada en vigor del decreto.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: gastos de personal contratado (nómina y Seguridad Social), gastos corrientes relacionados con la actividad (alimentación, higiene, suministros, etc.), IVA no recuperable, gastos indirectos (máximo 5%), y gastos de auditoría. No se subvencionan multas, gastos judiciales, intereses, gastos de merchandising, y ciertos gastos de personal y alquileres.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son entidades del tercer sector sin ánimo de lucro que operan en Cantabria y están registradas en el registro correspondiente. Deben demostrar su capacidad técnica y organizativa para llevar a cabo los programas subvencionados. Las entidades deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Se prioriza a aquellas que atienden a familias con carencia material y social severa, según la tasa AROPE.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es compatible con otras ayudas, siempre que no cubran los mismos gastos. El importe total de las ayudas no puede superar el coste de la actividad subvencionada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben cumplir con el objetivo de la subvención, justificar el uso de los fondos, someterse a comprobaciones, comunicar otras ayudas recibidas, y hacer constar la subvención en su publicidad y material impreso.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
No se especifican criterios de valoración en el documento, ya que la concesión es directa por razones de interés público, social, económico o humanitario.

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Referencia de la Convocatoria
Decreto 17/2026, de 1 de abril, por el que se conceden de forma directa subvenciones a entidades del tercer sector para la ejecución del Plan de apoyo a las familias desfavorecidas.
Resumen: El Decreto 17/2026 tiene como objetivo la concesión directa de subvenciones a entidades del tercer sector para la ejecución del Plan de apoyo a las familias desfavorecidas en Cantabria. Estas ayudas están destinadas a garantizar el mantenimiento de programas que apoyan a personas y familias en situación de vulnerabilidad, especialmente aquellas que enfrentan dificultades para cubrir necesidades básicas de alimentación y vivienda. Se subvencionarán programas específicos como el Reparto de Alimentos, el Reparto de Alimentos y Productos de Higiene, el Desarrollo Comunitario y el programa ‘Alimentación como un derecho’. La excepcionalidad de la concesión directa se justifica por la urgencia y la naturaleza social de las actividades a realizar, que no pueden ser replicadas por otras entidades en el tiempo requerido.
BDNS: 898255