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ESTADO

Extracto de la Resolución de 15 de abril de 2026 de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Badajoz por la que se efectúa convocatoria de subvenciones a las Corporaciones Locales, en procedimiento de concurrencia competitiva, par

Fomento del Empleo

La convocatoria tiene como objetivo subvencionar a las corporaciones locales para la realización de proyectos de interés general y social que generen empleo estable, en el marco del Programa de Fomento del Empleo Agrario. Se busca fomentar la colocación de personas desempleadas mediante su contratación para obras o servicios que respeten el medio rural. Las subvenciones se otorgarán a través de un procedimiento de concurrencia competitiva, regulado por el Real Decreto 939/1997 y la Orden TES/1077/2023. Los proyectos deben ser ejecutados por las corporaciones locales y pueden incluir fases consecutivas, siempre que se mantenga el empleo generado. Se priorizarán proyectos que favorezcan la formación y práctica profesional de los desempleados.

BDNS: 898952 | Registro: 2026-04-15

Análisis Económico

Importe Máximo La subvención máxima por localidad será de 150.000,00 €, con un crédito total de 2.000.000 € para la convocatoria.
% Subvención 100% de los costes laborales para la contratación de personas desempleadas.
Forma de Pago El pago se realizará anticipadamente tras la recepción del certificado de inicio de obra, siempre que la entidad esté al corriente en sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen costes laborales, cotizaciones a la Seguridad Social, y otros gastos directamente relacionados con la ejecución de las obras o servicios de interés general y social.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son las corporaciones locales de la provincia de Badajoz que ejecuten proyectos de interés general y social. Deben estar al corriente en sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social. No podrán ser beneficiarios aquellos que se encuentren en las circunstancias descritas en el artículo 13.2 de la Ley 38/2003, que impiden obtener la condición de beneficiario. Se priorizará la contratación de personas desempleadas, preferentemente del Sistema Especial para Trabajadores Agrarios.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que la suma no supere el coste total de la actividad a desarrollar. Se debe acreditar la procedencia y aplicación de otros fondos en la justificación.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones incluyen ejecutar el proyecto según lo solicitado, justificar el cumplimiento de requisitos, mantener el empleo creado durante cuatro años, y someterse a comprobaciones del SEPE. También deben comunicar la obtención de otras subvenciones y cumplir con las obligaciones de publicidad establecidas.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: 30 puntos por interés general y social; 20 puntos por creación de empleo; 10 puntos por financiación complementaria; 15 puntos si no han sido subvencionados en convocatorias anteriores; 10 puntos si no han realizado reintegros; 5 puntos si no han sido perceptores de subvenciones en años anteriores; 5 puntos por mejora de empleabilidad en competencias verdes/digitales; 5 puntos por integración de género. Se aplicará un factor de corrección de 0,5 en casos de renuncia a subvenciones o falta de justificación de empleo.

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Referencia de la Convocatoria
Extracto de la Resolución de 15 de abril de 2026 de la Dirección Provincial del Servicio Público de Empleo Estatal en Badajoz por la que se efectúa convocatoria de subvenciones a las Corporaciones Locales, en procedimiento de concurrencia competitiva, par
Resumen: La convocatoria tiene como objetivo subvencionar a las corporaciones locales para la realización de proyectos de interés general y social que generen empleo estable, en el marco del Programa de Fomento del Empleo Agrario. Se busca fomentar la colocación de personas desempleadas mediante su contratación para obras o servicios que respeten el medio rural. Las subvenciones se otorgarán a través de un procedimiento de concurrencia competitiva, regulado por el Real Decreto 939/1997 y la Orden TES/1077/2023. Los proyectos deben ser ejecutados por las corporaciones locales y pueden incluir fases consecutivas, siempre que se mantenga el empleo generado. Se priorizarán proyectos que favorezcan la formación y práctica profesional de los desempleados.
BDNS: 898952