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AUTONOMICA

Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro y organizaciones profesionales del sector de la comunicación para el desarrollo de iniciativas (fomento del periodismo y el fortalecimiento del espacio catalán de comunicación) 2026

Investigación, desarrollo e innovación

La resolución PRE/ /2026 establece la convocatoria de subvenciones para entidades privadas sin ánimo de lucro y organizaciones profesionales del sector de la comunicación, con el objetivo de fomentar el periodismo y fortalecer el espacio catalán de comunicación durante el año 2026. Las bases reguladoras se rigen por la Orden PRE/88/2021 y buscan apoyar iniciativas que contribuyan a estos fines. La convocatoria se abre para un total de 1.647.000 euros, con la posibilidad de ampliación de hasta 250.000 euros adicionales, y se gestionará mediante un procedimiento de concurrencia competitiva.

BDNS: 895492 | Registro: 2026-03-26

Análisis Económico

Importe Máximo La cuantía máxima total de la convocatoria es de 1.647.000 euros, con posibilidad de ampliación de hasta 250.000 euros.
% Subvención Hasta el 100% del presupuesto de la actividad subvencionada, siempre que no supere el coste total de la actividad.
Forma de Pago El pago se inicia en el momento de la concesión en concepto de anticipo, sin necesidad de garantía. La justificación de la subvención debe presentarse hasta el 28 de febrero de 2027.
Gastos Subvencionables
Se consideran gastos subvencionables: actividades formativas, informativas y de difusión; investigaciones en el ámbito de los medios; proyectos de modernización; actividades que fomenten la cohesión social; y creación de nuevas áreas o departamentos. Se excluyen gastos de representación y restauración.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA; PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios deben ser entidades privadas sin ánimo de lucro y organizaciones representativas del sector de la comunicación. Deben cumplir con los requisitos establecidos en la Orden PRE/88/2021, que incluye estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. No podrán optar a estas subvenciones los medios financiados o gestionados total o parcialmente por instituciones públicas, ni aquellos cuyo contenido supere el 60% de publicidad propia o ajena.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Estas subvenciones son incompatibles con otras ayudas para el mismo objeto otorgadas por cualquier organismo dependiente de la Generalitat de Catalunya durante el año de la convocatoria.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben justificar el uso de la subvención, mantener la actividad subvencionada durante un periodo determinado y cumplir con las obligaciones de publicidad y transparencia. La falta de justificación puede llevar a la pérdida del derecho al cobro o a la obligación de reintegrar las cantidades percibidas.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración se aplicarán según lo establecido en la base 10 del anexo de la Orden PRE/88/2021. Se evaluarán aspectos como la relevancia de la actividad propuesta, su viabilidad técnica y económica, y el impacto esperado en el fomento del periodismo y la comunicación.

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Referencia de la Convocatoria
Subvenciones a entidades sin ánimo de lucro y organizaciones profesionales del sector de la comunicación para el desarrollo de iniciativas (fomento del periodismo y el fortalecimiento del espacio catalán de comunicación) 2026
Resumen: La resolución PRE/ /2026 establece la convocatoria de subvenciones para entidades privadas sin ánimo de lucro y organizaciones profesionales del sector de la comunicación, con el objetivo de fomentar el periodismo y fortalecer el espacio catalán de comunicación durante el año 2026. Las bases reguladoras se rigen por la Orden PRE/88/2021 y buscan apoyar iniciativas que contribuyan a estos fines. La convocatoria se abre para un total de 1.647.000 euros, con la posibilidad de ampliación de hasta 250.000 euros adicionales, y se gestionará mediante un procedimiento de concurrencia competitiva.
BDNS: 895492