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AUTONOMICA

Resolución de 2 de marzo de 2026 del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan para el ejercicio 2026, las subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación del personal al servicio de la Administración Local

Investigación, desarrollo e innovación

La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones para la financiación de planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Se destina un total de 3.000.402,89 € para el ejercicio 2026, distribuidos entre planes interadministrativos y planes unitarios promovidos por entidades locales. La formación puede ser presencial, teleformación o mixta, y se establecen módulos de coste medio por persona y hora de formación, así como criterios de evaluación y justificación de gastos.

BDNS: 890611 | Registro: 2026-03-02

Análisis Económico

Importe Máximo El importe total máximo de la subvención es de 3.000.402,89 €, distribuidos entre diferentes tipos de planes.
% Subvención Hasta un 100% de los gastos subvencionables, con un límite del 10% para gastos generales asociados a la actividad formativa.
Forma de Pago El pago de la subvención se realizará anticipadamente, con un límite del 25% del total concedido antes de la justificación. Se podrá pagar un 25% adicional tras acreditar el inicio de la actividad formativa, y el 50% restante se pagará tras la finalización y justificación de la actividad.
Gastos Subvencionables
Se consideran subvencionables los gastos directamente imputables a las acciones formativas, incluyendo formadores, materiales didácticos, alojamiento, manutención, desplazamientos, y gastos generales hasta un 10% del coste total de la actividad formativa.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son entidades locales de Andalucía que promuevan planes de formación para su personal. Deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y no tener deudas con la Administración. Se requiere que presenten un plan de formación que incluya un número mínimo de participantes y horas de formación, así como la justificación de gastos y la inclusión de la perspectiva de género en sus programas.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que no se superponga la financiación para la misma finalidad. Las entidades deben declarar cualquier otra subvención solicitada o concedida para la misma actividad.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben mantener la inversión, hacer constar la financiación pública en la publicidad de las acciones formativas, y presentar la justificación de gastos y resultados de las actividades formativas.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen el número total de empleados de la entidad solicitante y el grado de ejecución de ayudas percibidas en el ejercicio anterior. Se ponderarán estos criterios según lo establecido en las bases reguladoras.

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Referencia de la Convocatoria
Resolución de 2 de marzo de 2026 del Instituto Andaluz de Administración Pública, por la que se convocan para el ejercicio 2026, las subvenciones destinadas a la financiación de planes de formación del personal al servicio de la Administración Local
Resumen: La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones para la financiación de planes de formación del personal al servicio de la Administración Local de Andalucía, en el marco del Acuerdo de Formación para el Empleo de las Administraciones Públicas. Se destina un total de 3.000.402,89 € para el ejercicio 2026, distribuidos entre planes interadministrativos y planes unitarios promovidos por entidades locales. La formación puede ser presencial, teleformación o mixta, y se establecen módulos de coste medio por persona y hora de formación, así como criterios de evaluación y justificación de gastos.
BDNS: 890611