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AUTONOMICA

Decreto 6/2026, por el que se modifica el Decreto 45/2025, por el que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones del Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido en Castilla-La Mancha. Med.1

Fomento del Empleo

El Decreto 6/2026 modifica el Decreto 45/2025, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha. Se contemplan tres medidas de subvención: 1) Inversión fija vinculada a la creación de empleo indefinido; 2) Costes salariales de personas con discapacidad; 3) Ayudas a unidades de apoyo a la actividad profesional. La modificación principal amplía el plazo para realizar contrataciones vinculadas a la inversión de dos a seis meses, facilitando así el cumplimiento de requisitos por parte de los centros especiales de empleo. Además, se detallan los créditos disponibles para 2026 y se establecen reservas para proyectos en zonas despobladas y prioritarias.

BDNS: 891388 | Registro: 2026-03-05

Análisis Económico

Importe Máximo 1.200.000 euros para la medida 1; 29.000.000 euros para la medida 2; 1.000.000 euros para la medida 3.
% Subvención 100% para inversión fija generadora de empleo, 50% para costes salariales de personas con discapacidad.
Forma de Pago Los pagos se realizarán mediante anticipos y pagos finales tras la justificación de los gastos. La justificación debe presentarse telemáticamente y se establece un plazo de dos meses desde la finalización de la actuación subvencionable.
Gastos Subvencionables
Se consideran subvencionables los gastos de inversión fija, costes salariales de personas con discapacidad, y gastos relacionados con los servicios de ajuste personal y social. Se excluyen gastos no justificados o que no se hayan devengado y pagado en el periodo establecido.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: GRAN EMPRESA; PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA; PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son centros especiales de empleo que deben estar legalmente constituidos y cumplir con los requisitos establecidos en el Decreto 45/2025. Deben tener planes aprobados y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Se priorizan proyectos que se desarrollen en zonas escasamente pobladas o en riesgo de despoblación, así como en zonas prioritarias según la legislación vigente.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, siempre que no se supere el coste total de la actividad subvencionada. Se debe informar sobre la obtención de otras ayudas para evitar duplicidades.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades beneficiarias deben mantener la inversión durante un periodo mínimo, realizar la publicidad adecuada de la subvención, y presentar la justificación de los gastos en los plazos establecidos. También deben cumplir con las condiciones impuestas en la resolución de concesión.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen la adecuación del proyecto a los objetivos del programa, la viabilidad técnica y económica, y la creación de empleo. Se priorizarán proyectos en zonas despobladas y aquellos que demuestren un impacto social significativo. Los baremos específicos se detallan en el artículo 23 del Decreto 45/2025.

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Referencia de la Convocatoria
Decreto 6/2026, por el que se modifica el Decreto 45/2025, por el que se aprueban las bases reguladoras de subvenciones del Programa de inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido en Castilla-La Mancha. Med.1
Resumen: El Decreto 6/2026 modifica el Decreto 45/2025, que establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la inclusión laboral de personas con discapacidad en el mercado de trabajo protegido de Castilla-La Mancha. Se contemplan tres medidas de subvención: 1) Inversión fija vinculada a la creación de empleo indefinido; 2) Costes salariales de personas con discapacidad; 3) Ayudas a unidades de apoyo a la actividad profesional. La modificación principal amplía el plazo para realizar contrataciones vinculadas a la inversión de dos a seis meses, facilitando así el cumplimiento de requisitos por parte de los centros especiales de empleo. Además, se detallan los créditos disponibles para 2026 y se establecen reservas para proyectos en zonas despobladas y prioritarias.
BDNS: 891388