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AUTONOMICA

Resolución por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a los albergues de peregrinos de Camino de Santiago y de la Ruta Lebaniega gestionados por entidades sin ánimo de lucro.

Otras actuaciones de carácter económico

La convocatoria de subvenciones tiene como objetivo fomentar la realización de inversiones en albergues de peregrinos del Camino de Santiago y de la Ruta Lebaniega en Cantabria, gestionados por entidades sin ánimo de lucro. Se busca mejorar la calidad del servicio y la hospitalidad en estos albergues, contribuyendo a la promoción de Cantabria como destino turístico. Las bases reguladoras están contenidas en la Orden INN/40/2017, de 12 de septiembre, y la convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva para el año 2026.

BDNS: 892752 | Registro: 2026-03-12

Análisis Económico

Importe Máximo 32.000 euros.
% Subvención La subvención no superará el 90% del importe de la inversión subvencionada, con un límite máximo de 32.000 euros por proyecto.
Forma de Pago El pago se realizará una vez que el beneficiario esté al corriente de sus obligaciones tributarias y de la Seguridad Social. Se podrá anticipar la subvención previa constitución de garantía, salvo en subvenciones inferiores a 10.000 euros.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: obras de insonorización, accesibilidad, climatización, reformas de unidades alojativas, instalación de sistemas de automatización y eficiencia energética, mejora de cocinas, instalación de wifi, acondicionamiento de cubiertas, redacción de proyectos, cambios de instalaciones eléctricas y de fontanería, y adquisición de mobiliario. No se subvencionan nuevos albergues, honorarios profesionales, gastos financieros, ni asesorías.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son asociaciones, entidades religiosas y otras entidades sin ánimo de lucro legalmente constituidas en Cantabria, que gestionen albergues de peregrinos del Camino de Santiago y de la Ruta Lebaniega. No podrán ser beneficiarios aquellos que se encuentren en las circunstancias detalladas en los apartados 2 y 3 del artículo 12 de la Ley 10/2006, de 17 de julio, de Subvenciones de Cantabria, y quedan excluidas las entidades locales.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es incompatible con otras ayudas del Gobierno de Cantabria, pero compatible con ayudas de otras administraciones siempre que no superen el coste de la inversión subvencionada.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben cumplir con el objetivo de la subvención, justificar la actividad realizada, someterse a controles de la administración, comunicar alteraciones en las condiciones de la subvención, y mantener la inversión durante al menos 5 años.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración son: a) Inversiones menores de 50.000 € (25 puntos); b) Inversiones mayores o iguales a 50.000 € (35 puntos); c) Acciones que contribuyan a la sostenibilidad del proyecto (25 puntos). La intensidad de la ayuda se calculará en función de los puntos obtenidos, con un máximo del 90% del importe de la inversión subvencionada.

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Referencia de la Convocatoria
Resolución por la que se aprueba la convocatoria de subvenciones destinadas a los albergues de peregrinos de Camino de Santiago y de la Ruta Lebaniega gestionados por entidades sin ánimo de lucro.
Resumen: La convocatoria de subvenciones tiene como objetivo fomentar la realización de inversiones en albergues de peregrinos del Camino de Santiago y de la Ruta Lebaniega en Cantabria, gestionados por entidades sin ánimo de lucro. Se busca mejorar la calidad del servicio y la hospitalidad en estos albergues, contribuyendo a la promoción de Cantabria como destino turístico. Las bases reguladoras están contenidas en la Orden INN/40/2017, de 12 de septiembre, y la convocatoria se realiza en régimen de concurrencia competitiva para el año 2026.
BDNS: 892752