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ESTADO

Resolución de la Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por la que se concede una subvención a la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias, de acuerdo con el Real Decreto 666/2025, de 22 de j

Sanidad

La resolución concede una subvención de 68.000 euros a la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias para implementar proyectos de seguridad del paciente bajo el programa ‘Tolerancia Zero’ en pacientes críticos. Esta subvención se enmarca dentro del Real Decreto 666/2025, que regula la concesión directa de ayudas en el ámbito de medicamentos y productos sanitarios, con el objetivo de garantizar la seguridad de estos productos. La concesión se realiza de forma directa, previa verificación del cumplimiento de requisitos legales y la eficacia de la subvención.

BDNS: 890445 | Registro: 2026-03-02

Análisis Económico

Importe Máximo 68.000 euros por solicitud.
% Subvención 100% de los gastos subvencionables relacionados con el proyecto.
Forma de Pago El importe de la subvención se abonará de una sola vez, en el plazo de un mes tras la presentación de la documentación requerida por la entidad beneficiaria.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen aquellos necesarios para la realización de las actividades del proyecto, que deben ser contraídos entre el 1 de diciembre de 2024 y el 30 de noviembre de 2025. Se menciona que el gasto derivado de la revisión de la cuenta justificativa también es subvencionable.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

El único beneficiario de esta subvención es la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias. Para ser beneficiario, la entidad debe cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley 38/2003, estar al corriente de sus obligaciones tributarias y frente a la Seguridad Social, y no ser deudora por procedimientos de reintegro. Además, debe presentar un presupuesto detallado de la acción autorizada.
✅ Compatibilidad y Concurrencia No se permite la percepción de subvenciones cofinanciadas con fondos europeos para la misma finalidad. Se debe comunicar la obtención de otras ayudas que financien las actividades subvencionadas.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones incluyen: a) Cumplir el objetivo y ejecutar el proyecto; b) Justificar el cumplimiento de requisitos y condiciones; c) Someterse a comprobaciones por el órgano concedente; d) Comunicar la obtención de otras subvenciones; e) No percibir subvenciones cofinanciadas para la misma finalidad; f) Conservar documentos justificativos; g) Adoptar medidas de difusión; h) Proceder al reintegro en caso de incumplimiento.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La valoración se basa en la presentación de un presupuesto detallado y la justificación de la eficacia de la subvención. No se especifican criterios de puntuación en el documento, pero se menciona la necesidad de cumplir con los requisitos legales y la correcta justificación de los gastos.

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Referencia de la Convocatoria
Resolución de la Directora de la Agencia Española de Medicamentos y Productos Sanitarios, por la que se concede una subvención a la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias, de acuerdo con el Real Decreto 666/2025, de 22 de j
Resumen: La resolución concede una subvención de 68.000 euros a la Sociedad Española de Medicina Intensiva, Crítica y Unidades Coronarias para implementar proyectos de seguridad del paciente bajo el programa ‘Tolerancia Zero’ en pacientes críticos. Esta subvención se enmarca dentro del Real Decreto 666/2025, que regula la concesión directa de ayudas en el ámbito de medicamentos y productos sanitarios, con el objetivo de garantizar la seguridad de estos productos. La concesión se realiza de forma directa, previa verificación del cumplimiento de requisitos legales y la eficacia de la subvención.
BDNS: 890445