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AUTONOMICA

Resolución de 16 de marzo de 2026 por la que se publica la convocatoria de subvenciones para la renovación de instalaciones eléctricas de baja tensión en el Principado de Asturias

Industria y Energía

La presente convocatoria tiene como objetivo la concesión de subvenciones para la renovación de instalaciones eléctricas de baja tensión en edificios de viviendas en el Principado de Asturias. Estas instalaciones deben haber sido ejecutadas y puestas en servicio antes del 18 de septiembre de 2003 y no haber sido modificadas desde entonces. Las subvenciones se enmarcan dentro de un crédito de 250.000 euros y están destinadas a mejorar la seguridad y fiabilidad de las instalaciones eléctricas, facilitando la electrificación del sector residencial. Las actuaciones subvencionables incluyen la instalación eléctrica interior de la vivienda, la centralización de contadores y la instalación eléctrica asociada a los servicios comunes del edificio, con diferentes porcentajes de subvención según el tipo de consumidor (vulnerable, no vulnerable, etc.).

BDNS: 893721 | Registro: 2026-03-17

Análisis Económico

Importe Máximo 1.200 € para consumidores no vulnerables; 1.800 € para consumidores vulnerables; 2.400 € para consumidores vulnerables severos. Límites adicionales para otras líneas de actuación: 130 € para opción 1 de línea 2, 250 € para opción 2 de línea 2, 400 € para opción 3 de línea 2, y 95 € para línea 3.
% Subvención Hasta el 50% del gasto subvencionable (incluido IVA) para consumidores no vulnerables; hasta el 75% para consumidores vulnerables; hasta el 100% para consumidores vulnerables severos.
Forma de Pago La subvención se hará efectiva previa justificación del cumplimiento de la finalidad para la que fue solicitada. Se requiere estar al corriente de obligaciones tributarias y de Seguridad Social antes del cobro.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen el coste de la instalación eléctrica necesaria para garantizar la seguridad, que debe ser ejecutada por empresas instaladoras habilitadas. No se consideran subvencionables gastos financieros, inversiones en equipos usados, gastos de adquisición de terrenos, gastos generales, impuestos personales, entre otros.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA; PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas ayudas pueden ser personas físicas o entidades sin ánimo de lucro, incluidas comunidades de propietarios. Para ser beneficiario, se deben cumplir los requisitos establecidos en el artículo 13 de la Ley 38/2003, que incluye estar al corriente de obligaciones tributarias y de seguridad social. Las instalaciones a subvencionar deben cumplir con el Reglamento Electrotécnico para Baja Tensión y haber sido ejecutadas entre el 1 de enero de 2026 y el 16 de octubre de 2026.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas de cualquier Administración o ente público o privado, siempre que no superen el coste de la actividad subvencionada. Cualquier alteración en las condiciones que dieron lugar a la concesión puede dar lugar a la modificación o revocación de la subvención.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben cumplir con las obligaciones de justificación del gasto, mantener un cartel visible durante la ejecución de las obras, y presentar la documentación requerida en los plazos establecidos. También deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y de Seguridad Social.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Las solicitudes se valorarán priorizando las renovaciones de instalaciones eléctricas para consumidores vulnerables, comenzando por los vulnerables severos. Se dará preferencia a las solicitudes que beneficien a un mayor número de abonados. Si hay solicitudes en la misma posición y no hay crédito suficiente, se procederá a un prorrateo según los costes subvencionables.

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Referencia de la Convocatoria
Resolución de 16 de marzo de 2026 por la que se publica la convocatoria de subvenciones para la renovación de instalaciones eléctricas de baja tensión en el Principado de Asturias
Resumen: La presente convocatoria tiene como objetivo la concesión de subvenciones para la renovación de instalaciones eléctricas de baja tensión en edificios de viviendas en el Principado de Asturias. Estas instalaciones deben haber sido ejecutadas y puestas en servicio antes del 18 de septiembre de 2003 y no haber sido modificadas desde entonces. Las subvenciones se enmarcan dentro de un crédito de 250.000 euros y están destinadas a mejorar la seguridad y fiabilidad de las instalaciones eléctricas, facilitando la electrificación del sector residencial. Las actuaciones subvencionables incluyen la instalación eléctrica interior de la vivienda, la centralización de contadores y la instalación eléctrica asociada a los servicios comunes del edificio, con diferentes porcentajes de subvención según el tipo de consumidor (vulnerable, no vulnerable, etc.).
BDNS: 893721