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AUTONOMICA

SUBVENCIÓN A EELL DEL PIRINEO POR GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DE SUS CENTROS ESCOLARES DE ED. INFANTIL Y PRIMARIA

Educación

El Acuerdo del Gobierno de Navarra del 25 de marzo de 2026 establece la concesión directa de una subvención destinada a reforzar los gastos de funcionamiento de los centros docentes públicos de infantil y primaria en seis entidades locales específicas del Pirineo navarro: Roncal / Erronkari, Ochagavía / Otsagabia, Garralda, Erro, Aurizberri / Espinal y Luzaide / Valcarlos. Esta subvención se financia con una partida presupuestaria de 150.000 euros, que se distribuirá entre las entidades locales en función del número de alumnos matriculados en el curso 2025-2026, según datos de la aplicación EDUCA. La normativa establece que esta subvención se concede de forma directa debido a la exclusividad de los beneficiarios, cumpliendo con la Ley Foral 11/2005 de Subvenciones.

BDNS: 895290 | Registro: 2026-03-25

Análisis Económico

Importe Máximo El importe total de la subvención es de 150.000 euros, distribuidos entre las entidades locales según el número de alumnos.
% Subvención La subvención se distribuye en función del número de alumnos matriculados, sin un porcentaje específico de gastos generales o inventariables indicado.
Forma de Pago El pago se realizará de forma directa a las entidades locales, y no se especifica un sistema de anticipos o hitos, dado que se trata de una subvención directa.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen los gastos de funcionamiento de los centros docentes públicos, aunque no se especifican categorías concretas como personal, materiales o servicios.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de esta subvención son los ayuntamientos de Roncal / Erronkari, Ochagavía / Otsagabia, Garralda, Erro, Aurizberri / Espinal y Luzaide / Valcarlos, que deben tener centros docentes públicos de infantil y primaria. Para acceder a la subvención, deben cumplir con las condiciones establecidas en la Ley Foral 11/2005, lo que implica estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social, así como tener planes aprobados que justifiquen la necesidad de la subvención.
✅ Compatibilidad y Concurrencia El documento no menciona explícitamente la compatibilidad de esta subvención con otras ayudas, pero se infiere que al ser una subvención directa y específica, podría haber restricciones en su acumulación con otras subvenciones para los mismos fines.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las entidades locales beneficiarias deberán cumplir con las obligaciones establecidas en la Ley Foral 11/2005, que incluyen la justificación del uso de la subvención y el mantenimiento de la inversión realizada.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La distribución de la subvención se basa en el número de alumnos matriculados en el curso 2025-2026, sin criterios adicionales de valoración o baremos específicos mencionados en el documento.

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Referencia de la Convocatoria
SUBVENCIÓN A EELL DEL PIRINEO POR GASTOS DE FUNCIONAMIENTO DE SUS CENTROS ESCOLARES DE ED. INFANTIL Y PRIMARIA
Resumen: El Acuerdo del Gobierno de Navarra del 25 de marzo de 2026 establece la concesión directa de una subvención destinada a reforzar los gastos de funcionamiento de los centros docentes públicos de infantil y primaria en seis entidades locales específicas del Pirineo navarro: Roncal / Erronkari, Ochagavía / Otsagabia, Garralda, Erro, Aurizberri / Espinal y Luzaide / Valcarlos. Esta subvención se financia con una partida presupuestaria de 150.000 euros, que se distribuirá entre las entidades locales en función del número de alumnos matriculados en el curso 2025-2026, según datos de la aplicación EDUCA. La normativa establece que esta subvención se concede de forma directa debido a la exclusividad de los beneficiarios, cumpliendo con la Ley Foral 11/2005 de Subvenciones.
BDNS: 895290