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ESTADO

Subvenciones para el fomento de las patentes y modelos de utilidad españoles y en el exterior de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. para el año 2026.

Investigación, desarrollo e innovación

La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para fomentar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad tanto en el ámbito nacional como internacional durante el año 2026. Se establecen dos programas: uno para el fomento de solicitudes en el exterior, dirigido a mejorar la competitividad de las empresas que buscan mercados fuera de España, y otro para solicitudes nacionales, que busca facilitar el acceso a derechos de propiedad industrial para PYMEs y personas físicas. Las subvenciones cubrirán un porcentaje de las tasas oficiales pagadas por los solicitantes en los organismos o países donde se protejan las patentes o modelos de utilidad.

BDNS: 894416 | Registro: 2026-03-20

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo individualizado de las subvenciones será de 60.000 euros para grandes empresas y 65.000 euros para PYMEs y personas físicas.
% Subvención Hasta un 80% de los gastos subvencionables para grandes empresas y hasta un 90% para PYMEs y personas físicas.
Forma de Pago El pago de las subvenciones se realizará mediante un pago único, condicionado al cumplimiento de los requisitos establecidos. Los beneficiarios podrán solicitar la devolución voluntaria del importe total o parcial percibido.
Gastos Subvencionables
Se consideran subvencionables los gastos derivados de la solicitud de patentes y modelos de utilidad, incluyendo tasas de solicitud, validación, búsqueda de anterioridades, examen de solicitudes y concesión de patentes. No se subvencionarán las validaciones de patentes europeas en España ni las entradas en fase nacional en España.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: GRAN EMPRESA; PERSONAS FÍSICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA; PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA; PYME Y PERSONAS FÍSICAS QUE DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas subvenciones son las PYMEs y personas físicas que cumplan con los requisitos establecidos en el Anexo I del Reglamento (UE) n.º 651/2014. Se consideran PYMEs aquellas que empleen a menos de 250 personas y cuyo volumen de negocio anual no exceda de 50 millones de euros o cuyo balance general anual no exceda de 43 millones de euros. No podrán ser beneficiarios aquellos que se encuentren en crisis, según las directrices comunitarias, ni comunidades de bienes o agrupaciones sin personalidad jurídica. Las solicitudes deben ser presentadas por el titular de la patente o modelo de utilidad, o a través de un representante debidamente autorizado.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que la suma no supere el coste de las actividades subvencionadas. Se aplicará el régimen de ayudas de minimis, con un límite de 300.000 euros por empresa en un periodo de tres años.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deberán mantener la inversión, cumplir con las obligaciones de publicidad de la subvención, y presentar la documentación justificativa en los plazos establecidos. Además, deberán informar sobre cualquier modificación en la financiación pública solicitada.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Las solicitudes se evaluarán en función de criterios de concurrencia competitiva, considerando la viabilidad del proyecto, el impacto en la competitividad de la empresa, y la adecuación de los gastos solicitados. Se establecerán baremos específicos en función de la naturaleza de la actividad subvencionable.

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Referencia de la Convocatoria
Subvenciones para el fomento de las patentes y modelos de utilidad españoles y en el exterior de la Oficina Española de Patentes y Marcas, O.A. para el año 2026.
Resumen: La presente convocatoria tiene como objeto la concesión de subvenciones en régimen de concurrencia competitiva para fomentar las solicitudes de patentes y modelos de utilidad tanto en el ámbito nacional como internacional durante el año 2026. Se establecen dos programas: uno para el fomento de solicitudes en el exterior, dirigido a mejorar la competitividad de las empresas que buscan mercados fuera de España, y otro para solicitudes nacionales, que busca facilitar el acceso a derechos de propiedad industrial para PYMEs y personas físicas. Las subvenciones cubrirán un porcentaje de las tasas oficiales pagadas por los solicitantes en los organismos o países donde se protejan las patentes o modelos de utilidad.
BDNS: 894416