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AUTONOMICA

SUBVENCION DIRECTA

Servicios Sociales y Promoción Social

La Orden de concesión tiene como objetivo regular la concesión de subvenciones destinadas a proyectos de bienestar social, igualdad, juventud, infancia y familias. Se establecen diferentes líneas de actuación que incluyen la promoción de la igualdad de oportunidades, el apoyo a la infancia y la juventud, y la mejora de la calidad de vida de las familias. Las subvenciones se otorgan a entidades locales y organizaciones sin ánimo de lucro que presenten proyectos que se alineen con estos objetivos.

BDNS: 881265 | Registro: 2026-01-13

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo por proyecto no podrá exceder de 50.000 euros, aunque este límite puede variar según la disponibilidad de fondos.
% Subvención Las subvenciones cubrirán hasta el 100% de los gastos elegibles, dependiendo de la naturaleza del proyecto y de la disponibilidad presupuestaria.
Forma de Pago El pago de la subvención se realizará en dos fases: un anticipo del 50% al inicio del proyecto y el 50% restante tras la justificación de los gastos y la presentación del informe final.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: personal, materiales, servicios externos, gastos de difusión y promoción, y otros gastos directamente relacionados con la ejecución del proyecto. No se subvencionará el IVA ni otros impuestos indirectos.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios de estas subvenciones son entidades locales y organizaciones sin ánimo de lucro que desarrollen proyectos en el ámbito del bienestar social, igualdad, juventud, infancia y familias. Los requisitos específicos incluyen estar legalmente constituidos, tener capacidad técnica y financiera para llevar a cabo el proyecto, y estar al corriente de sus obligaciones tributarias y con la Seguridad Social. Además, deben presentar un proyecto que cumpla con los criterios establecidos en la convocatoria.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son compatibles con otras ayudas, siempre que la suma de las ayudas no supere el coste total del proyecto. Los beneficiarios deberán informar sobre cualquier otra financiación recibida para el mismo proyecto.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones clave de los beneficiarios incluyen: mantener la inversión durante un periodo mínimo de 5 años, presentar informes de seguimiento y justificación de gastos, y dar publicidad a la subvención recibida en todos los materiales relacionados con el proyecto.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los criterios de valoración incluyen: la adecuación del proyecto a los objetivos de la convocatoria (hasta 40 puntos), la viabilidad técnica y económica del proyecto (hasta 30 puntos), la experiencia previa de la entidad en proyectos similares (hasta 20 puntos), y la participación de la comunidad en el desarrollo del proyecto (hasta 10 puntos).

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Referencia de la Convocatoria
SUBVENCION DIRECTA
Resumen: La Orden de concesión tiene como objetivo regular la concesión de subvenciones destinadas a proyectos de bienestar social, igualdad, juventud, infancia y familias. Se establecen diferentes líneas de actuación que incluyen la promoción de la igualdad de oportunidades, el apoyo a la infancia y la juventud, y la mejora de la calidad de vida de las familias. Las subvenciones se otorgan a entidades locales y organizaciones sin ánimo de lucro que presenten proyectos que se alineen con estos objetivos.
BDNS: 881265