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AUTONOMICA

ORDEN de 12 de diciembre de 2025 por la que se establecen las bases reguladoras para la concesión de ayudas, en régimen de concurrencia competitiva, a proyectos de cooperación interterritoriales y trasnacionales de los GALPs – PE155B

Agricultura, Pesca y Alimentación

La presente orden establece las bases reguladoras para la concesión de ayudas en régimen de concurrencia competitiva a proyectos de cooperación interterritoriales y transnacionales de los Grupos de Acción Local del Sector Pesquero (GALP) en el marco del Fondo Europeo Marítimo, de Pesca y de Acuicultura (FEMPA) 2021-2027. Se busca fomentar el desarrollo local participativo mediante la implementación de Estrategias de Desarrollo Local Participativo (EDLP) aprobadas por la Consellería del Mar. Las ayudas están dirigidas a proyectos que contribuyan a la sostenibilidad ambiental y al desarrollo de comunidades pesqueras y acuícolas, y se convocan para el año 2026. Los proyectos deben ser de interés colectivo y abarcar acciones que superen los intereses individuales de los miembros de un beneficiario colectivo.

BDNS: 881303 | Registro: 2026-01-14

Análisis Económico

Importe Máximo 200.000 € por beneficiario o conjunto de beneficiarios por convocatoria.
% Subvención 70% de fondos FEMPA y 30% de la Comunidad Autónoma, con un máximo del 50% del gasto subvencionable total, pudiendo llegar al 100% si se cumplen criterios de interés colectivo.
Forma de Pago Las ayudas se pagarán tras la justificación de los gastos y se podrán realizar anticipos, siempre que se cumplan las condiciones establecidas en la resolución de concesión.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen personal contratado, dietas de viaje, gastos de preparación, y otros costos necesarios para la ejecución del proyecto. Se excluyen gastos como IVA (en ciertos casos), intereses, adquisición de terrenos, y gastos de funcionamiento.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son los GALP seleccionados por la Consellería del Mar, que deben haber firmado un convenio de colaboración para el desarrollo de una EDLP y tener capacidad administrativa, financiera y operativa. No podrán ser beneficiarios aquellos GALP que estén en situaciones de incumplimiento de obligaciones tributarias o que hayan incurrido en infracciones graves según la normativa europea. Los GALP pueden concurrir individualmente o en agrupaciones, designando un representante único para la gestión del proyecto.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, excepto aquellas que provengan del FEMPA o de otros fondos comunitarios para la misma finalidad. El importe total de las ayudas no puede superar el coste de la actuación.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben cumplir con los objetivos del proyecto, comunicar la obtención de otras ayudas, mantener inversiones durante 5 años, y dar visibilidad a la ayuda recibida. También deben conservar la documentación justificativa durante 5 años y cumplir con la normativa aplicable.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Los proyectos se valorarán según criterios de calidad de la propuesta (máximo 20 puntos), número de GALP participantes (máximo 55 puntos), impacto en colectivos estratégicos (máximo 20 puntos) y contribución al marco estratégico (máximo 30 puntos). Se requiere un mínimo de 30 puntos para obtener ayuda.