La Orden de 29 de diciembre de 2025 establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a la creación y/o funcionamiento de Gabinetes Técnicos en materia de igualdad laboral y de oportunidades, así como para combatir la brecha salarial en la Comunidad Autónoma de Galicia durante el ejercicio 2026. Estas ayudas se tramitarán por el procedimiento de concurrencia competitiva y están dirigidas a asociaciones empresariales y organizaciones sindicales intersectoriales. Las actividades subvencionables incluyen el apoyo técnico y asesoramiento a empresas y trabajadores, la elaboración de planes de igualdad, y la realización de diagnósticos sobre la brecha salarial, entre otras. Se excluyen las actividades de formación.
BDNS: 882520
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Registro: 2026-01-20
Análisis Económico
Importe Máximo
El importe máximo por solicitud no superará el porcentaje de representatividad de las entidades solicitantes, aunque se pueden conceder importes superiores si hay remanentes.
% Subvención
100% de los gastos subvencionables, con un límite de 400.000€ en total, distribuidos equitativamente entre asociaciones empresariales y organizaciones sindicales.
Forma de Pago
Se podrán realizar pagos anticipados de hasta el 80% de la subvención concedida, dependiendo del importe total. Las entidades deben justificar los gastos hasta el 15 de noviembre de 2026.
Gastos Subvencionables
1. Gastos de personal adscrito a los gabinetes. 2. Gastos generales de ejecución (material, diseño, publicidad). 3. Gastos de subcontratación. 4. Gastos de dietas por desplazamiento (máx. 0,26€/km). 5. Gastos indirectos (máx. 10% del total). 6. Gastos específicos de las acciones.
Requisitos y Beneficiarios
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los beneficiarios de estas subvenciones son: 1) Asociaciones empresariales intersectoriales constituidas bajo la ley 19/1977 y 2) Organizaciones sindicales intersectoriales bajo la Ley Orgánica 11/1985. Las entidades solicitantes deben estar al corriente de sus obligaciones tributarias y no tener deudas con la administración pública. En caso de ser fundaciones o entidades constituidas por organizaciones sindicales o empresariales, estas sustituirán a las organizaciones mencionadas a todos los efectos. Los gabinetes deben contar con personal cualificado con experiencia en igualdad laboral.
✅ Compatibilidad y Concurrencia
Las ayudas son compatibles con otras subvenciones, siempre que el total no supere el coste de la actividad subvencionada. Se debe comunicar la obtención de otras ayudas para la misma finalidad.
Detalles Técnicos
Obligaciones Clave
1. Ejecutar la actividad subvencionada. 2. Comunicar modificaciones en las condiciones de la subvención. 3. Sometimiento a controles de la administración. 4. Conservar documentos justificativos. 5. Publicidad de la financiación recibida. 6. Estar al corriente de obligaciones tributarias y sociales.
Criterios de Valoración
1. Representatividad de la entidad solicitante (0-5 puntos). 2. Tasa de estabilidad del personal (0-4 puntos). 3. Composición equilibrada de género en el gabinete (0-2 puntos). 4. Empleo efectivo de la lengua gallega (3 puntos). 5. Integración laboral de mujeres en situaciones vulnerables (hasta 6 puntos). 6. Promoción de la igualdad en los estatutos (5 puntos). En caso de empate, se priorizará la puntuación en cada criterio y, si persiste, la fecha de presentación.