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AUTONOMICA

Orden del 5 de enero de 2026 de subvenciones para el impulso de una Red de mercados excelentes de Galicia y la dinamización y revitalización de las plazas de abastos

Comercio, Turismo y Pymes

La Orden de 5 de enero de 2026 establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a impulsar una red de Mercados Excelentes en Galicia y revitalizar las plazas de abastos. Estas subvenciones se gestionarán en régimen de concurrencia no competitiva, con un crédito total de 2.285.000 euros, distribuidos entre ayuntamientos y federaciones/ asociaciones. El objetivo es modernizar y dinamizar estos espacios comerciales, promoviendo la sostenibilidad y la calidad del producto local. Las actuaciones subvencionables incluyen mejoras en infraestructuras, servicios al cliente y campañas de dinamización comercial, entre otras.

BDNS: 882931 | Registro: 2026-01-22

Análisis Económico

Importe Máximo Para ayuntamientos con sello: 140.000 euros (70.000 euros por anualidad). Sin sello: 400.000 euros (200.000 euros por anualidad). Asociaciones: 14.000 euros; otras asociaciones: 9.000 euros; federaciones: 50.000 euros.
% Subvención 80% de la inversión máxima subvencionable para ayuntamientos y asociaciones, con límites específicos según el tipo de entidad y el sello de Mercado Excelente.
Forma de Pago Los ayuntamientos pueden solicitar hasta un 50% de la subvención como anticipo. Federaciones y asociaciones pueden solicitar hasta un 80% si la subvención no supera los 18.000 euros, y un 10% adicional si excede esta cantidad.
Gastos Subvencionables
Se consideran subvencionables: acondicionamiento de instalaciones, mejora de servicios al cliente, logística y comercialización, campañas de dinamización, formación y asesoramiento, y adquisición de equipaciones comerciales. No se subvencionan gastos de personal, impuestos personales sobre la renta, ni inversiones no incluidas en la solicitud.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son: 1) Ayuntamientos gallegos con mercados que tengan el sello de Mercado Excelente o estén en proceso de obtención. Deben estar al día en la rendición de cuentas al Consejo de Cuentas. 2) Federaciones y asociaciones de plazas de abastos y mercados, que deben tener al menos un 50% de los puestos ocupados por placeros asociados y una antigüedad mínima de tres años. 3) Cooperativas de vendedores de plazas de abastos. No podrán ser beneficiarias aquellas entidades que estén en crisis o que no cumplan con los requisitos establecidos en la Ley 9/2007 de subvenciones de Galicia.
✅ Compatibilidad y Concurrencia Las subvenciones son incompatibles con otras ayudas para los mismos conceptos subvencionables. Si se reciben otras ayudas, se debe comunicar a la administración antes de justificar el uso de los fondos.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben mantener la inversión, justificar el uso de los fondos, y cumplir con la normativa de publicidad de la financiación. Además, deben presentar informes y documentación requerida por la administración.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
Las solicitudes se valorarán según el orden de presentación hasta el agotamiento del crédito. Se priorizarán aquellas que cumplan con todos los requisitos y presenten la documentación completa. En caso de enmiendas, se considerará la fecha de presentación de la documentación corregida.