La Orden de 5 de enero de 2026 establece las bases reguladoras para la concesión de subvenciones destinadas a impulsar una red de Mercados Excelentes en Galicia y revitalizar las plazas de abastos. Se busca modernizar y dinamizar estos espacios comerciales, promoviendo la sostenibilidad y la calidad del comercio local. Las subvenciones se otorgarán en régimen de concurrencia no competitiva hasta agotar el crédito disponible, que asciende a 2.285.000 euros, distribuidos entre ayuntamientos y asociaciones. Las actuaciones subvencionables incluyen mejoras en infraestructuras, servicios al cliente y formación para comerciantes, con el objetivo de consolidar estos mercados como referentes de calidad y modernidad en la comunidad.
BDNS: 882934
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Registro: 2026-01-22
Análisis Económico
Importe Máximo
Para ayuntamientos con sello de Mercado Excelente: 140.000 euros (70.000 euros por anualidad). Para aquellos sin sello: 400.000 euros (200.000 euros por anualidad). Para asociaciones de vendedores: 14.000 euros; para otras asociaciones: 9.000 euros; para federaciones: 50.000 euros.
% Subvención
80% de la inversión máxima subvencionable.
Forma de Pago
Los ayuntamientos pueden solicitar un anticipo de hasta el 50% de la subvención. Las federaciones y asociaciones pueden solicitar hasta el 80% si la subvención no supera los 18.000 euros, y un 10% adicional sobre el excedente.
Gastos Subvencionables
Se consideran subvencionables: acondicionamiento de instalaciones, mejora de servicios al cliente, logística y comercialización, campañas de dinamización, formación y asesoramiento, y adquisición de equipamiento comercial. No se subvencionan gastos de personal, adquisición de inmuebles, obras de nueva construcción, y regalos promocionales no vinculados a actividades específicas.
Requisitos y Beneficiarios
Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA
Los beneficiarios de estas subvenciones son: 1) Ayuntamientos gallegos con mercados que posean el sello de Mercado Excelente o estén en proceso de obtención. Deben estar al día en la rendición de cuentas ante el Consejo de Cuentas. 2) Federaciones y asociaciones de plazas de abastos y mercados, que deben estar legalmente constituidas y tener al menos un 50% de los puestos ocupados por placeros asociados. 3) Cooperativas de vendedores de plazas de abastos. Las entidades deben tener una antigüedad mínima de tres años y estar al corriente en la aprobación de cuentas anuales.
✅ Compatibilidad y Concurrencia
Las subvenciones son incompatibles con otras ayudas para los mismos conceptos subvencionables. Si se reciben otras ayudas, se debe comunicar a la administración antes de justificar el uso de los fondos.
Detalles Técnicos
Obligaciones Clave
Los beneficiarios deben mantener la inversión, justificar el uso de los fondos, y dar publicidad a la financiación recibida de la Xunta de Galicia. También deben cumplir con los requisitos de transparencia y buen gobierno.
Criterios de Valoración
Las solicitudes se valorarán según el orden de presentación hasta agotar el crédito. Se priorizarán aquellas que cumplan con todos los requisitos establecidos en las bases reguladoras. En caso de enmiendas, se considerará la fecha de presentación de la documentación corregida.