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EXTREMADURA

Subvención directa 2025 a la Fundación Acción contra el hambre para el desarrollo del programa Vives Emplea Saludable en Badajoz para itinerarios personales de empleabilidad.

Servicios Sociales y Promoción Social

La Resolución de 20 de noviembre de 2025 concede una subvención directa a la Fundación Acción contra el Hambre para financiar el programa ‘Vives Emplea Saludable Badajoz’. Este programa tiene como objetivo promover la inclusión social y laboral de personas en situación de alta vulnerabilidad a través de itinerarios de empleo que integran la mejora de competencias laborales y hábitos de vida saludables. La subvención asciende a 15.000,00€ y se enmarca dentro de un coste total del programa de 88.627,72€, cofinanciado por diversas fuentes, incluyendo el Fondo Social Europeo. La resolución se basa en la Ley 6/2011 de Subvenciones de la Comunidad Autónoma de Extremadura, que permite la concesión directa por razones de interés público y social, dada la singularidad del programa y la exclusividad de la entidad beneficiaria en la ejecución de este tipo de intervenciones en la región.

BDNS: 872368 | Registro: 2025-12-02

Análisis Económico

Importe Máximo El importe máximo del proyecto es de 88.627,72€, de los cuales 15.000,00€ son financiados por la subvención.
% Subvención La subvención cubre el 16,9% del coste total del programa, que es de 15.000,00€ sobre un total de 88.627,72€.
Forma de Pago El pago se realizará en un único abono anticipado del 100% del importe de la subvención, sin necesidad de garantías, mediante transferencia a la cuenta bancaria indicada por la beneficiaria.
Gastos Subvencionables
Los gastos subvencionables incluyen: personal (salarios y seguridad social), dietas y desplazamientos, gastos corrientes de ejecución del programa (como difusión, sesiones grupales, talleres de salud, etc.), y gastos de gestión y administración. No se consideran subvencionables los impuestos indirectos recuperables, gastos judiciales, y bienes de naturaleza inventariable.

Requisitos y Beneficiarios

Beneficiarios: PERSONAS JURÍDICAS QUE NO DESARROLLAN ACTIVIDAD ECONÓMICA

Los beneficiarios son personas en situación de alta vulnerabilidad, incluyendo desempleados de larga duración, perceptores de la Renta Extremeña Garantizada, migrantes, personas con discapacidad y mayores de 45 años. La Fundación Acción contra el Hambre debe acreditar que no está incursa en prohibiciones para obtener la condición de beneficiario, estar al corriente de obligaciones tributarias y de la Seguridad Social, y presentar una declaración responsable sobre otras ayudas solicitadas o recibidas para el mismo programa.
✅ Compatibilidad y Concurrencia La subvención es compatible con otras ayudas o subvenciones que financien el mismo programa, siempre que la suma de todas no supere el coste total del programa subvencionado. La entidad beneficiaria debe comunicar la obtención de otras ayudas a la Secretaría General de Servicios Sociales.

Detalles Técnicos

Obligaciones Clave
Las obligaciones incluyen destinar la subvención a la finalidad concedida, acreditar estar al corriente de obligaciones tributarias, conservar la documentación justificativa, adoptar medidas de publicidad sobre la financiación, y someterse a comprobaciones y evaluaciones del programa.
Documentación Requerida
Criterios de Valoración
La valoración se basa en la singularidad del programa, su enfoque integral en la mejora de la empleabilidad y la salud de los beneficiarios, y la trayectoria de la Fundación en la ejecución de programas similares. Se considera la capacidad técnica y metodológica de la entidad, así como su experiencia y colaboración con administraciones públicas y empresas locales.